Estatutos

Los estatutos de la Fundación pro Real Academia Española fueron aprobados el 20 de octubre de 1993, y son objeto de revisión continua de cara a seguir avanzando en la mejora de la gestión de la institución. La última actualización ha tenido lugar en junio de 2023.

En este documento se establece el carácter no lucrativo de esta institución, que tiene afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de los fines de interés general descritos en sus estatutos. También se describe la misión principal de la Fundación, que es respaldar, en la medida de sus posibilidades, todas aquellas actividades que legalmente constituyen el objeto o fines de la Real Academia Española.

Los estatutos describen también los órganos de gobierno de la Fundación, su organización, composición y modo de funcionamiento: el Patronato, cuya presidencia de honor ostenta el Rey; el Consejo Rector; el Comité de Inversiones; el Comité para América, y la Junta de Protectores. En el documento se recogen las funciones y competencias de todos estos órganos. También se detalla que el presidente del Patronato será el gobernador del Banco de España; su vicepresidente, el director de la Academia, y su secretario general, el gerente de la RAE. Entre los miembros del Patronato también figurarán dos académicos de número de la corporación.

La Fundación prevé en sus estatutos la necesaria participación de las comunidades autónomas en su Patronato, con carácter rotativo si fuera necesario, cuya representación debe ser ejercida directamente por el presidente.

Se recoge también la figura del «amigo benefactor», creada con el fin de fomentar el vínculo entre la Real Academia Española y la sociedad, de cara a promover su participación en el crecimiento, sostenibilidad y la expansión nacional e internacional de la lengua española. Se trata de personas físicas o jurídicas que se comprometan a colaborar periódicamente con la Fundación.

Por último, los estatutos recogen la necesidad de gestionar la institución bajo principios de transparencia y buen gobierno, así como medidas para garantizar que tal gestión sea llevada a cabo. Entre estas medidas figuran, por ejemplo, la publicación de estos estatutos, la publicación de la información económica o la evaluación periódica del Patronato y los patronos.

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