Prólogo

La suscripción, el 26 de noviembre de 2014, del convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Real Academia Española (RAE) supuso el inicio de una inédita andadura para la Justicia española, pues con esta actuación se pretendía dotarla, por primera vez en su historia, de un Libro de estilo de la Justicia y de un Diccionario del español jurídico.

Este último fue presentado el mes de abril de 2016 y ha agotado ya varias ediciones. Pocos meses después, el Libro de estilo de la Justicia es ya una realidad gracias al fructífero maridaje entre la prestigiosa autoridad de la RAE fraguada a lo largo de sus más de trescientos años de historia y la envidiable posición del CGPJ para impulsar una más diáfana utilización del lenguaje por parte de los jueces y magistrados españoles, en aras de una mayor claridad expositiva de su argumentación que, sin duda, cosechará múltiples beneficios para la seguridad jurídica.

Hay motivos para celebrar que este compendio de estilo colme con creces los objetivos que perseguía el acuerdo entre ambas instituciones, interesadas en que nuestro lenguaje jurídico alcance la calidad, modernidad, rigor y comprensión que reclama la sociedad del siglo XXI.

La producción jurídica en España es monumental. Si reparamos solo en la actividad llevada a cabo en sede judicial, la cifra de 1 558 703 sentencias dictadas por los jueces y tribunales en el año 2015 ilustra por sí misma la trascendencia de disponer de unas pautas que faciliten al ciudadano su comprensión, dado que, a diferencia de un escritor de ficción, el jurista no trabaja con personajes, sino que lo hace con personas, estando obligado a huir de imprecisiones, sobreentendidos o ambigüedades.

En efecto, el ciudadano es el protagonista de la mayoría de las decisiones que se adoptan en el mundo jurídico, por lo que una sociedad avanzada, capaz de generar tan ingente cantidad de documentación, debe saber garantizar, al mismo tiempo, una comunicación fluida con el consumidor de la justicia.

La comprensión que un mensaje genera en su receptor es el indicio más eficiente para valorar el éxito de cualquier comunicación, idea de la que nuestra Justicia no escapa.

Comunicar con eficiencia no depende del azar. Quizás, tenga algo que ver con la intuición, pero serán la experiencia y la reflexión las verdaderas guías de este proceso pues, como enseña Aristóteles, la excelencia más que un acto es un hábito.

En la ceremonia de apertura del año judicial 2015-2016 centré mis reflexiones en torno a las señas de identidad del Tribunal Supremo del siglo XXI y enfaticé la importancia del lenguaje claro y comprensible como instrumento de una transparencia que, más allá de la idea de mera publicidad procesal, afiance la confianza del ciudadano en los tribunales.

Destacadamente, puse de manifiesto que el Tribunal Supremo no puede ser el tribunal invisible, sin rostro, que denuncia Kafka en su conocida obra El proceso; al contrario, sus sentencias han de ser fácilmente comprensibles dada su extraordinaria repercusión y valor pedagógico.

No en vano, la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, aprobada como proposición no de ley por el pleno del Congreso de los Diputados el 16 de abril de 2002, señalaba en su primera parte, bajo el título «Una Justicia moderna y abierta a los ciudadanos», una serie de principios para alcanzarla. Entre ellos, contemplaba el reconocimiento del derecho del ciudadano a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de forma que sean comprensibles para sus destinatarios, empleando una sintaxis y estructura sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico.

Estos objetivos son también perceptibles a nivel internacional. Las recientes Recomendaciones para el lenguaje claro y comprensible para el dictado de resoluciones judiciales, aprobadas en la XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana celebrada en Panamá en septiembre de 2015, llegan a poner de manifiesto que la legitimidad de la judicatura está ligada a la claridad y calidad de las resoluciones judiciales, lo que se relaciona con el derecho fundamental al debido proceso.

Lejos de erosionar la creatividad, el Libro de estilo de la Justicia la estimula, asegurando que la personalidad del autor de un texto transite por los contornos de la inteligibilidad pues, como dijo Soledad Puértolas «el lenguaje es uno de los juegos más esenciales y que más definen a las personas».

El enorme valor de esta sistematización de pautas de estilo reside en el deseo de superar algunos usos inadecuados del lenguaje, poniendo a disposición de jueces, abogados, procuradores, ciudadanos y administraciones, una herramienta moderna y de gran utilidad para procurar cierta homogeneización de la producción jurídica escrita, equiparando nuestra Justicia a los sistemas jurisdiccionales europeos, como ocurre en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que, desde hace años, dispone de un prontuario o vademécum de estilo.

En efecto, en ese ámbito supranacional, desde su primera publicación en 1993, el Vademécum del editor o Libro de estilo interinstitucional, disponible en todas las lenguas oficiales de la Unión, se ha convertido en un instrumento indispensable no solo para el Tribunal de Luxemburgo, sino también para el resto de las instituciones y órganos de la Unión Europea.

Ciertamente, el lenguaje forense —o, en términos más amplios, el lenguaje jurídico— comporta la utilización de construcciones sintácticas complejas y se vale de un léxico especializado de una gran densidad técnica, lo que, quizás, justifique titulares como «El incomprensible lenguaje de la justicia», aparecido en un periódico de tirada nacional hace algunos años.

Quizás, el desarrollo y la generalización del uso de la informática, fuente de múltiples ventajas para la sociedad, haya propiciado también algunas disfunciones directamente relacionadas con el tratamiento automatizado de textos, pues su utilización irreflexiva genera también composiciones desmesuradas y desordenadas, difíciles, en consecuencia, de leer y de asimilar, evocando la incisiva crítica de Baltasar Gracián relativa a que algunos estiman los libros por su corpulencia, «como si se escribiesen para ejercitar antes los brazos que los ingenios».

El Servicio de Atención al Ciudadano del CGPJ ha recibido numerosas quejas, motivadas por el uso de un lenguaje jurídico «críptico y oscuro», especialmente en aquellos procedimientos en los que no es preceptiva la asistencia letrada. El Informe de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico da cuenta de que los barómetros de opinión del CGPJ muestran que un 82% de los ciudadanos considera que el lenguaje jurídico es excesivamente complicado y difícil de entender.

Al igual que ocurre en otras disciplinas, como la medicina o la física, que cuentan con una gama propia de vocablos especializados, el rigor conceptual impedirá que puedan desparecer del lenguaje jurídico términos tales como prescripción, enfiteusis o interdicto, pero esa tecnificación del léxico no debe estar reñida con la claridad a cuya consecución aspira, precisamente, este Libro de estilo de la Justicia.

En efecto, dentro del pleno respeto a la gramática y a la ortografía, así como al rigor que reclama un lenguaje tan específico como lo es el lenguaje jurídico, homogeneizar el uso de las mayúsculas y minúsculas, de las expresiones numéricas, de las abreviaturas, siglas y acrónimos o, en fin, de los topónimos y gentilicios, entre otros muchos aspectos, contribuirá al ideal de sencillez del magisterio machadiano que, por ejemplo, nos muestra Juan de Mairena cuando le pide a un alumno que escriba en términos poéticos «los eventos consuetudinarios que acontecen en la rúa» y este responde con la nítida y comprensible frase de «lo que pasa en la calle».

Sin duda, tenía razón William Somerset Maugham cuando afirmaba que «escribir con sencillez es tan difícil como escribir bien». Estoy convencido que este Libro de estilo de la Justicia contribuirá a ambos designios.

Noviembre de 2016

CARLOS LESMES SERRANO
Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial

 

     

    Real Academia Española y Consejo General del Poder Judicial:
    Libro de estilo de la Justicia [en línea], https://www.rae.es/libro-estilo-justicia/prólogo. [Consulta: 30/06/2024].

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