Información preliminar

ESTRUCTURA DE LA OBRA

Este Libro de estilo de la Justicia consta de tres bloques de contenido:

1. El primer bloque reúne información lingüística orientada a la escritura de textos dentro del ámbito jurídico. Este bloque está constituido por dieciséis capítulos agrupados en cinco partes:

• La primera parte da cuenta de las características del lenguaje jurídico y reflexiona sobre la importancia de la claridad y precisión en la elaboración de sus textos.

• La segunda aborda los principales géneros y tipos de discursos utilizados en los documentos jurídicos, y lleva a cabo un análisis del uso que en ellos se hace de elementos textuales como son el párrafo y las enumeraciones.

• La tercera parte se centra en cuestiones propiamente gramaticales relativas a la morfología y la sintaxis, tanto dentro de la oración simple como en el marco de la oración compuesta.

• La cuarta parte constituye una aproximación a los problemas que se plantean en la interpretación de los textos en lo referente a su significado y su sentido.

• La quinta parte está íntegramente dedicada a la ortografía y en ella se ofrecen pautas para la escritura correcta de textos en cuanto a su acentuación gráfica, su puntuación, el uso apropiado de las mayúsculas, la escritura de unidades léxicas, de abreviaciones gráficas y símbolos, de expresiones numéricas, de extranjerismos y de topónimos. Además se recogen algunas recomendaciones de tipo ortotipográfico.

La información dentro de este primer bloque se presenta categorizada en diferentes niveles. En el texto base que expone los contenidos lingüísticos, se intercalan advertencias de carácter general, remarcadas entre dos líneas, que pretenden aclarar dudas y evitar incorrecciones, y también recuadros informativos, delimitados con una trama gris, donde se ofrece información útil en la escritura de textos jurídicos, se describen usos específicos de estos textos o se corrigen errores frecuentes en ellos. Por otra parte, algunos de los contenidos se presentan organizados en tablas que sintetizan información compleja o destacada.

2. El segundo bloque tiene forma de vocabulario. Sus artículos constituyen una selección de palabras y expresiones que son propias del léxico jurídico o que, perteneciendo al léxico general, se emplean habitualmente en este ámbito. De cada una de ellas, se ofrece su significado y, allí donde resulta oportuno y necesario, indicaciones gramaticales o semánticas sobre su uso con el fin de evitar incorrecciones y solucionar dudas. Estas indicaciones aparecen siempre precedidas del signo n. Entre estas entradas se encuentra además un repertorio de expresiones y locuciones latinas, así como de regulae iuris.

Las entradas aparecen ordenadas alfabéticamente. La mayor parte están encabezadas por lemas simples que corresponden a la palabra a la que se refiere la explicación que ofrecen. Los lemas formados por más de una palabra se integran en la serie alfabética teniendo en cuenta todos sus componentes, como si formasen una sola palabra:

inicuo -cua.Malvado o injusto: Recibió un trato inicuo. n No debe confundirse con inocuo (‘inofensivo’; → inocuo).

in illiquidis non fit mora.No hay mora en las deudas ilíquidas.

in integrum.Por entero.

iniquidad. Injusticia o maldad: Era víctima de su iniquidad. n No debe confundirse con inequidad (‘desigualdad’; → inequidad).

Las locuciones en español se lematizan, por lo general, en el sustantivo que contienen o en otra palabra significativa que incluyan: la información sobre en relación con hay que buscarla en la palabra relación; no caber duda está recogidaen duda; acertar a está en acertar.

Cuando varias de estas locuciones comparten una misma palabra por la que lematizarse, todas aparecen comentadas bajo ella y ordenadas alfabéticamente. Así, la información sobre las locuciones acción de despojo y acción de devastación hay que buscarlas bajo la voz acción; y caso fortuito, caso de y en el caso de se encuentran bajo caso.

Sin embargo, las entradas dedicadas a las locuciones nominales españolas cuya primera palabra es el sustantivo que constituye su núcleo, se encabezan por esas mismas locuciones siempre que el sustantivo no sea objeto de ningún otro comentario ni sea común a otra locución contemplada en esta obra:

crimen de lesa humanidad.Crimen de especial gravedad, como el asesinato, el exterminio, la esclavitud, la deportación o el traslado forzoso de población, la privación grave de la libertad o la tortura, que se comete como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

Igualmente, todas las locuciones y expresiones en otras lenguas se tratan en entradas independientes encabezadas por ellas mismas:

contracting out. Procedimiento establecido en algunas organizaciones internacionales consistente en que la decisión solo es aplicable a los Estados miembros que hayan votado a favor.

contra legem facit qui id facit quod lex prohibet, in fraudem vero qui salvis verbis legis sententiam eius circumvenit.Obra contra la ley quien hace lo que la ley prohíbe y, en fraude de ley, quien salvando sus palabras tergiversa su sentido.

contra legem.Contra la ley.

contralmirante. Oficial general de la Armada. n Es común en cuanto al género (→ 6.1.2): el/la contralmirante. Es preferible esta forma a la variante contraalmirante.

Cuando una voz tiene doble acentuación admitida, la forma preferida o empleada mayoritariamente se sitúa en primer lugar:

cartel o cártel.1. Convenio entre empresas para evitar la competencia. ǀǀ 2.Organización ilícita que trafica con drogas o con armas.

Si las entradas se refieren adjetivos o sustantivos con variación de género, la terminación del femenino aparece indicada tras la forma del masculino:

alcalde -desa. Máximo órgano unipersonal ejecutivo del ayuntamiento, a quien corresponde la presidencia del pleno y de la comisión municipal de gobierno. n El femenino es alcaldesa: la alcaldesa, nola alcalde (→ 6.1.2). Se escribe siempre con minúscula (→ 11.4.4.1).

En aquellos sustantivos comunes en cuanto al género que tienen, además, una forma específica de femenino, esta se registra en una entrada independiente, desde la que se remite a la principal:

presidenta.→ presidente.

presidente.1.Persona que preside un gobierno, consejo, tribunal, junta, sociedad, etc. ǁ 2. En una república, jefe del Estado. n Por su terminación, puede funcionar como común en cuanto al género (el/la presidente; → 6.1.2), pero el uso mayoritario ha consolidado el femenino específico presidenta. Se escribe siempre con minúsculas (→ 11.4.4.1).

En el lema de los verbos aparece la terminación -(se) cuando alguna de las acepciones comentadas en los artículos dedicados a cada uno de ellos se emplea en forma pronominal. Naturalmente, en los verbos que solo tienen o de los que solo se comentan usos pronominales, se prescinde de estos paréntesis en el lema:

defender(se). Proteger(se) de un daño: defenderse DE las acusaciones; defenderse CONTRA los agresores.

ensañarse. Deleitarse en causar el mayor daño posible a alguien o algo: ensañarse CON la víctima; ensañarse CONTRA el más débil. nEs menos frecuente su uso con la preposición en: ensañarse EN los manifestantes.

En las definiciones de las entradas de algunos verbos se utilizan corchetes [ ] para encerrar el complemento directo en usos transitivos. Debe tenerse en cuenta que los corchetes indican cuál es el complemento directo del verbo definido, no del verbo empleado en la definición. Además, dentro de los ejemplos a menudo se resaltan algunos elementos en VERSALITAS, como la preposición que introduce complementos regidos y ciertos complementos:

obligar(se).1.Forzar [a alguien] a que haga algo: LA obligó A elegir. ǁ 2. Comprometerse a cumplir algo: Se obligó A cuidarlos.

3. El tercer bloque está constituido por ocho apéndices que ofrecen los siguientes contenidos:

APÉNDICE 1: Abreviaturas

APÉNDICE 2: Siglas

APÉNDICE 3: Símbolos alfabetizables

APÉNDICE 4: Símbolos o signos no alfabetizables

APÉNDICE 5: Numerales

APÉNDICE 6: Cargos y tratamientos

APÉNDICE 7: Comunidades y ciudades autónomas, con sus provincias, capitales y gentilicios

APÉNDICE 8: Países y capitales, con sus gentilicios

Al comienzo de cada apéndice figuran las advertencias específicas para su interpretación.

CUESTIONES GENERALES

En la redacción del texto, se ha atendido al criterio general de limitar, en la medida de lo posible, el uso de tecnicismos lingüísticos excesivamente especializados. Allí donde ha sido necesario emplearlos se ha procurado que el contexto o una breve explicación permitan su comprensión.

REMISIONES

En esta obra son frecuentes las remisiones de unos bloques a otros o dentro de un mismo bloque. Para remitir a otro punto del texto, a un apéndice o a una entrada en el bloque dedicado al léxico se ha empleado el símbolo →. Tras la flecha aparecerá la numeración del epígrafe en que se encuentra la información, el apéndice indicado o la entrada correspondiente, respectivamente, a los que se puede acudir para localizar la información.

EJEMPLOS

En su mayor parte, los ejemplos empleados en esta obra están inspirados en textos reales localizados tanto en los corpus de la Real Academia Española como en el corpus de sentencias al que permite acceder el buscador de jurisprudencia del Consejo General del Poder Judicial.

SIGNOS Y RECURSOS GRÁFICOS

A lo largo de esta obra se emplean diversos signos y recursos gráficos cuya clave de interpretación se ofrece a continuación.

El símbolo tt se antepone a las formas, citas o ejemplos que ilustran usos incorrectos o desaconsejados en la norma culta:

No debe usarse la forma masculina para referirse a una mujer como si fuesen comunes en cuanto al género: la abogado, la letrado; debe decirse la abogada, la letrada.

No es correcto poner en plural el adjetivo antepuesto si se coordinan sustantivos en singular: Destruyó SUS PROPIOS reino y dinastía; debió decirse SU PROPIO reino y dinastía.

El símbolo * indica agramaticalidad, esto es, inadecuación al sistema de la lengua:

*juicio justo de faltas

En algunos textos utilizados como ejemplos, se han sombreado las expresiones inapropiadas o incorrectas. Las correcciones propuestas en la columna de la derecha aparecen en un recuadro y resaltadas en negrita.

Los criterios para la clasificación del personal estatutario, basados en las funciones a desarrollar...

Los criterios para la clasificación del personal estatutario, basados en las funciones que va a desarrollar...

REPRESENTACIÓN DE LOS SONIDOS

La voluntad de prescindir, en la medida de lo posible, de tecnicismos lingüísticos se ha concretado también en el modo de representar los fonemas del español (unidades lingüísticas correspondientes a los sonidos con los que se articulan las palabras) para dar cuenta de la pronunciación de algunas voces. En el cuadro siguiente se muestra la correspondencia entre grafías (en cursiva) y fonemas (entre barras) según el sistema adoptado en esta obra.

Imagen 01
Imagen 02

Las mismas correspondencias se utilizan cuando se representa la pronunciación concreta de palabras o expresiones, que aparece entre corchetes. Dentro de ellos se señala siempre con una tilde la vocal tónica, aunque a la palabra cuya pronunciación se representa no le corresponda llevar acento gráfico según las reglas de acentuación. Ejemplos: [kása] por casa; [gérra] por guerra; [zapáto, sapáto] por zapato. Como se ve en este último ejemplo, se indica siempre, en segundo lugar, la pronunciación propia de las zonas de seseo.

 

     

    Real Academia Española y Consejo General del Poder Judicial:
    Libro de estilo de la Justicia [en línea], https://www.rae.es/libro-estilo-justicia/información-preliminar. [Consulta: 30/06/2024].

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