Capítulo 11. Uso de las mayúsculas
11.4. La mayúscula en los nombres propios y las expresiones denominativas
11.4.4. Casos en que no debe utilizarse la mayúscula inicial
11.4.4.2. Denominaciones relacionadas con la actividad política o intelectual
• Las formas de Estado y de gobierno: la capital del reino, las repúblicas bálticas, la monarquía parlamentaria, la democracia americana. Solo se admite el uso de la mayúscula cuando estas voces se emplean para designar periodos concretos de la historia caracterizados por una de esas formas de gobierno, como sucede, por ejemplo, en la periodización de la historia de la antigua Roma con la Monarquía, la República y el Imperio; o cuando forman parte del nombre oficial completo de un país: Reino de España, República Argentina.
• Los poderes del Estado y los poderes fácticos: el poder ejecutivo, el poder legislativo, el cuarto poder [= la prensa].
En cambio, pueden escribirse con mayúscula inicial en sus dos componentes cuando se refieren específicamente a los órganos del Estado en que descansan, al tratarse en ese caso de una mayúscula institucional: El Poder Judicial notificó su cese al magistrado.
• Los movimientos o tendencias políticas o ideológicas, idearios y doctrinas: sandinismo, neoliberalismo, el principio de no intervención, la doctrina Estrada.
• Las disciplinas científicas y las diversas ramas del conocimiento: Nuevos avances en física nuclear; La morfología es una parte de la gramática; Es magnífico en matemáticas. Solo se escriben con mayúscula inicial en contextos académicos o curriculares, cuando designan asignaturas, estudios o materias regladas: Me he matriculado en Arquitectura; ¿Quién te da Física este año?
Derecho
La voz derecho y cada una de sus ramas o especialidades deben escribirse con minúsculas tanto si se emplean como nombres de disciplinas como si corresponden a ordenamientos jurídicos, derechos individuales, etc.:
Es especialista en derecho penal.
El derecho español, frente al ordenamiento jurídico francés...
Las disposiciones deberán someterse al derecho internacional.
La libertad de movimiento es un derecho fundamental de la persona.
Solo se escribirán con mayúsculas cuando nos refiramos a materias de estudio en contextos académicos (nombres de asignaturas, cátedras, facultades, etc.) o curriculares: El profesor de Derecho Internacional es extraordinario.
Asimismo, se escribirán con mayúsculas siempre que formen parte de una denominación más amplia que precise el uso de ellas (entidades, organismos, títulos de revistas científicas, documentos oficiales o históricos...): Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Asociación Española de Derecho de la Propiedad Intelectual, Declaración Universal de los Derechos Humanos...
Real Academia Española y Consejo General del Poder Judicial:
Libro de estilo de la Justicia [en línea], https://www.rae.es/libro-estilo-justicia/uso-de-las-mayúsculas/la-mayúscula-en-los-nombres-propios-y-las-expresiones-denominativas/casos-en-que-no-debe-utilizarse-la-mayúscula-inicial/denominaciones-relacionadas-con-la-actividad-política-o-intelectual. [Consulta: 30/06/2024].
Índice general
Primera parte. El lenguaje jurídico
Segunda parte. Textos y tipos de discurso en el lenguaje jurídico
- Capítulo 3. Géneros y discursos jurídicos
- Capítulo 4. El párrafo: problemas y actuaciones
- Capítulo 5. Las enumeraciones
Tercera parte. Cuestiones de gramática
- Capítulo 6. Las palabras y sus grupos: problemas y actuaciones
- Capítulo 7. La oración: problemas y propuestas de solución
Cuarta parte. Semántica y pragmática
Quinta parte. Cuestiones de ortografía
- Capítulo 9. Reglas de acentuación gráfica
- Capítulo 10. Signos de puntuación
- Capítulo 11. Uso de las mayúsculas
- Capítulo 12. Unión y separación de palabras y otros elementos en la escritura
- Capítulo 13. Abreviaciones gráficas y símbolos
- Capítulo 14. Ortografía de las expresiones numéricas
- Capítulo 15. Ortotipografía
- Capítulo 16. Tratamiento de extranjerismos y topónimos
Sexta parte. Léxico
- A-Z
- Apéndice 1. Abreviaturas
- Apéndice 2. Siglas
- Apéndice 3. Símbolos alfabetizables
- Apéndice 4. Símbolos o signos no alfabetizables
- Apéndice 5. Numerales
- Apéndice 6. Cargos y tratamientos
- Apéndice 7. Comunidades y ciudades autónomas, con sus provincias, capitales y gentilicios
- Apéndice 8. Países y capitales, con sus gentilicios