Capítulo 11. Uso de las mayúsculas

11.4. La mayúscula en los nombres propios y las expresiones denominativas

11.4.4. Casos en que no debe utilizarse la mayúscula inicial

11.4.4.1. Personas

Los tratamientos, tanto los que preceden siempre al nombre propio (don, doña, fray, sor, san(to)/ta, etc.) como los que se usan o pueden usarse sin él (señor/a, doctor/a, licenciado/da, reverendo/da, usted, excelencia, (su) señoría, etc.). Únicamente se admite el uso de la mayúscula inicial en aquellos que se aplican a las más altas dignidades cuando el tratamiento no va seguido del nombre propio de la persona a la que se refiere: La recepción a Su Santidad será esta tarde, pero Aterrizó su santidad Benedicto XVI.

Advertencia Las abreviaturas de los tratamientos se escriben siempre con mayúscula inicial: D.ª, Dra., Fr., Lic., Ilmo., Sr., Sto., Ud., etc.

Los sustantivos que designan títulos nobiliarios, dignidades o cargos —sean civiles, militares, religiosos, públicos o privados—, tanto en sus usos genéricos (El rey reina, pero no gobierna), como si se refieren a una persona concreta (La reina saludó al arzobispo de Managua; El papa visitará la India; El presidente del Gobierno llegó con la ministra de Defensa y el juez decano de Granada).

Los sustantivos que designan profesiones: Mario Fernández, abogado laboralista.

     

    Real Academia Española y Consejo General del Poder Judicial:
    Libro de estilo de la Justicia [en línea], https://www.rae.es/libro-estilo-justicia/uso-de-las-mayúsculas/la-mayúscula-en-los-nombres-propios-y-las-expresiones-denominativas/casos-en-que-no-debe-utilizarse-la-mayúscula-inicial/personas. [Consulta: 30/06/2024].

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